Departamento de Atención al Cliente

Los Corredores y Corredurías de Seguros están obligados a disponer de un Departamento de Atención al Cliente con el fin de atender y resolver las quejas y reclamaciones que su clientela pueda presentar, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, conforme a lo establecido en la Ley 26/2006, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados y en la normativa sobre protección del cliente de servicios financieros.