El Colegio

El Colegio representa y defiende los intereses profesionales de sus colegiados. Ostenta además, las facultades que le reconoce la Ley y los Estatutos Generales, coordinando su actuación en el Consejo General. El ámbito de actuación se enmarca en la Comunidad de Cantabria.

Órganos de Gobierno

Constituyen los órganos de gobierno del Colegio:

  • La Asamblea General. Es el órgano supremo del Colegio. Está compuesta por todo el censo de colegiados.
  • La Junta de Gobierno.- Es el órgano de representación, dirección y administración. Puede actuar en pleno y en comisión permanente.
    Está formada por Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario, así como por los Presidentes o miembros que les sustituyan de las Comisiones de Agentes, de Corredores, de Ordenación de Mercado y de las restantes Comisiones Sectoriales o de Trabajo constituidas.

FINES y FUNCIONES

  • Ordenación del ejercicio de la profesión dentro del marco de la legislación aplicable.
  • Ejercer la representación y defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
  • Asegurar que la actividad de sus colegiados se someta, en todo caso, a las normas deontológicas de la profesión, salvaguardando el interés general de los ciudadanos.
  • Ordenación del ejercicio de la profesión dentro del marco de la legislación aplicable.
  • Ejercer la representación y defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
  • Asegurar que la actividad de sus colegiados se someta, en todo caso, a las normas deontológicas de la profesión, salvaguardando el interés general de los ciudadanos
  • Ejercer las acciones que las leyes establezcan para evitar el intrusismo y la competencia desleal entre los profesionales, sin perjuicio de las actuaciones de inspección o sanción que correspondan a las Administraciones Públicas.
  • Procurar el perfeccionamiento de la actividad profesional y la formación permanente de sus colegiados, organizando los oportunos cursos al efecto.
  • Ostentar la representación y defensa de la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales, y ejercer el derecho de petición, conforme a la Ley.

Organigrama

Junta de Gobierno

Estatutos